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Oficializan restricciones de paso para transporte pesado durante Semana Santa 2026

2026-03-16 - 14:25

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) dio a conocer a través del Acuerdo Ministerial 239-2026 las restricciones del paso para vehículos de transporte pesado para la Semana Santa de 2026. Según se presenta en la piblicación en el Diario Oficial, la restricción está fechada a iniciar desde las 12 horas del próximo 1 de abril, finalizando el domingo 5 a las 23:59 horas, indicando que para este periodo se exceptuan vehículos que transporten: Productos perecederos Alimentos Bebidas Combustibles Equipo audiovisual para eventos autorizados Grúas por tratarse de un equipo de servicio «Dado que es taxativo el listado de transporte de carga pesada que se exceptúan de la restricción, no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes (DGT), siendo suficiente presentar la documentación que ampare el traslado de productos correspondientes», aclara el acuerdo. Semana Santa 2026: más de 150 puntos de asistencia protegerán a turistas en largo descanso RUTAS AUTORIZADAS Y EMERGENCIAS Por otra parte, el ministerio agrega en el documento las rutas por las cuales este tipo de transportes autorizados pueden circular durante el periodo de restricción, donde se autorizan las rutas: Del kilómetro 290 Carretera CA-09-Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-Norte Del kilómetro 80 Carretera CA-09-SUR-«A» a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 Carretera CA-09-SUR y al kilómetro 114 Carretera CA-09-SUR. SAT anuncia masivo plan de fiscalización a nivel nacional en Semana Santa Así tambien estos indican que en caso de no haber resuelto por parte de la DGT o por parte del Viceministerio de Transportes del CIV el permiso correspondiente para el traslado de productos autorizados durante las fechas, los transportistas podrán circular con libertad en caso de que «se trate de emergencias de interés nacional, casos de salud, casos fortuitos o de fuerza mayor». «Las autoridades de la Dirección General de Transportes -DGT-, deberán prestar toda la colaboración necesaria para la aplicación efectiva del presente Acuerdo Ministerial. La infracción a las disposiciones aquí contenidas, que se establezca a través de los controles operativos en carretera o por cualquier otro medio legal, será sancionada de conformidad con las leyes vigentes», aseveraron. En Tendencia 1 Señalamiento por plagio de tesis revive: Consuelo Porras amenazó a comisionados en 2022 2 La Pared de Consuelo 3 Apoyados por jueces, empleados vinculados a exdirectores de Aeronáutica logran reinstalaciones judiciales en la DGAC 4 Elección Rector Usac: Precandidata opositora hace llamado para que el CSU acredite a electores 5 Desde el 2 de junio de 2026 será obligatorio que estos contribuyentes utilicen la Agencia Virtual de SAT

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